Está usted en: Inicio > El Supremo ratifica la anulación del plan regional para proteger el urogallo
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Cuatro años después de que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias
(TSJA) anulase el plan de conservación del hábitat del urogallo, el
Tribunal Supremo ha ratificado la decisión, al considerar que el
Principado no tuvo en cuenta los intereses de los madereros. El TSJA ya
estimó en 2007 que la Administración regional había cumplido el trámite
de participación pública sólo en la parte inicial. Se presentaron
numerosas alegaciones por parte de instituciones y particulares
afectados, hasta ochenta, «algunas de ellas, de gran extensión e interés
jurídico y social», según el tribunal. Sin embargo, el Principado no
contestó a las mismas, según el mismo TSJA.
En el recurso presentado por los maderistas agrupados en
Asmadera, cuyos intereses defiende la abogada Pilar Martínez, se alegaba
también que el plan atentaba contra el derecho a la propiedad y se
denunciaba una «expropiación forzosa». El TSJA no se centró en ninguno
de estos dos puntos, sino en el incumplimiento de la norma en cuanto a
participación pública.
El plan para la protección del urogallo declaraba áreas
prioritarias de conservación los espacios forestales de refugio, celo,
reproducción y alimentación utilizados por el urogallo en diferentes
estaciones y que en los últimos cinco años hubiesen estado ocupados con
cierta regularidad. Estas zonas prioritarias iban a estar sometidas a
estricta regulación, con el fin de limitar al máximo las interferencias
humanas, sobre todo, en los lugares y épocas más sensibles. El plan
incluía que se eliminase la actividad molesta para las aves entre el 15
de marzo y el 30 de agosto, y se prohibiría la actividad en enero y
febrero.
El proyecto iba a obligar a los madereros a presentar planes
técnicos y proyectos de ordenación para limitar las molestias a las aves
y la alteración de su hábitat. Además, se impediría el trazado de
nuevas pistas y la instalación de cercas se limitaría a las
imprescindibles. Por otra parte, sólo se permitirían quemas cuando no
existiesen otras alternativas. La sentencia dejó en un vacío normativo a
la especie, aunque ésta ha seguido estando protegida.